Preguntas frecuentes Q&A -Working Holiday Visa-
2023/1/11
En ocasiones no podemos atender a las consultas con rapidez por correo electrónico o por teléfono. Por ello, rogamos que consulten primero nuestra página web, y si siguen con dudas se pongan en contacto con nosotros.
A5: Recomendamos presentar el impreso oficial de Certificado Médico emitido por el Consejo General de Colegios de Médicos de España. También se puede presentar el informe médico en documento con membrete de un Centro Sanitario de la Seguridad Social. Sea cual sea el documento, debe figurar el nombre del médico, el número de colegiado y la fecha de expedición.
1. Copia del DNI de avalador/a
2. Certificado del saldo bancario de avalador/a
3. Libro de Familia
4. Un escrito en el que la persona que le avala declara cubrir los gastos de viaje
Preguntas frecuentes
- Q1:¿Aún quedan plazas del Working Holiday Visa de este año?
- Q2:¿Tengo algún límite de tiempo para presentar mi candidatura para el visado?
- Q3:Si tengo 30 años ahora y cumplo 31 años durante el año en que voy a permanecerme en Japón, ¿todavía soy elegible para participar en este programa?
- Q4:Ahora vivo fuera de España pero en unos meses volveré. ¿Puedo enviar los documentos ya?
- Q5:¿Qué tipo de certificado médico debo presentar?
- Q6:¿Cómo puedo acreditar solvencia y estabilidad económica?
- Q7:En caso de no poder acreditar la solvencia y estabilidad económica solo con mi cuenta bancaria, ¿puedo aportar adicionalmente documentos de mi familia que me avalen económicamente?
- Q8:¿Cuándo se abre la nueva convocatoria del próximo año?
Respuestas
Q1:¿Aún quedan plazas del Working Holiday Visa de este año?
A1:Sí. En caso de que se completara el cupo, se emitiría una nota en nuestra página web. Si no hay ninguna nota, pueden considerar que todavía quedan plazas.Q2:¿Tengo algún límite de tiempo para presentar mi candidatura para el visado?
A2:Puede hacer la solicitud en cualquier momento del año en curso. Sin embargo, dado que el visado caduca a los 3 meses de su expedición, nosotros solo podremos expedírselo con una antelación máxima de 3 meses a su entrada al país.Q3:Si tengo 30 años ahora y cumplo 31 años durante el año en que voy a permanecerme en Japón, ¿todavía soy elegible para participar en este programa?
A3:Sí. Antes de cumplir los 31 años, debe programar la cita en el Consulado para la entrega de los documentos originales y para la expedición del visado, pero aún es elegible para el programa si cumple 31 años después de la expedición del visado o durante su estadía en Japón.Q4:Ahora vivo fuera de España pero en unos meses volveré. ¿Puedo enviar los documentos ya?
A4:No. Tendrá que empezar la solicitud después de regresar a España.
Q5:¿Qué tipo de certificado médico debo presentar?
A5: Recomendamos presentar el impreso oficial de Certificado Médico emitido por el Consejo General de Colegios de Médicos de España. También se puede presentar el informe médico en documento con membrete de un Centro Sanitario de la Seguridad Social. Sea cual sea el documento, debe figurar el nombre del médico, el número de colegiado y la fecha de expedición.Q6:¿Cómo puedo acreditar solvencia y estabilidad económica?
A6:Puede acreditarla mediante un certificado del saldo actual y movimientos bancarios en el que figure el nombre del banco, el nombre del titular, el número de cuenta, el saldo y la fecha.Q7:En caso de no poder acreditar la solvencia y estabilidad económica solo con mi cuenta bancaria, ¿puedo aportar adicionalmente documentos de mi familia que me avalen económicamente?
A7:Sí, en este caso tendrá que entregar los siguientes documentos;1. Copia del DNI de avalador/a
2. Certificado del saldo bancario de avalador/a
3. Libro de Familia
4. Un escrito en el que la persona que le avala declara cubrir los gastos de viaje