Inscripción de Matrimonios
2019/10/3
Cuando un ciudadano japonés contraiga matrimonio con un ciudadano extranjero deberá:
- Inscribir el matrimonio en el Registro Civil de la localidad donde haya sido contraído.
- Seguidamente, y en un plazo de 3 meses, deberá solicitar la inscripción del matrimonio en el Consulado japonés.
- IMPORTANTE: En caso de no tramitarse dicha inscripción en el Consulado japonés, el matrimonio, a pesar de estar inscrito en el Registro español (u otro extranjero), NO figurará en el Registro japonés.
Documentos necesarios para la inscripción del matrimonio
- Si el cónyuge japonés desea mantener el domicilio legal de soltero:
- 2 impresos oficiales de Registro de Matrimonio (disponibles en el Consulado)
- 1 Certificado de Registro de Familia (Kosekitohon) del cónyuge japonés
- 1 Certificación Literal de Matrimonio*
- 2 traducciones al japonés del Certificación Literal de Matrimonio
- copia de documentos que acrediten la nacionalidad del cónyuge extranjero (pasaporte o DNI)**
- El cónyuge japonés desea registrar un nuevo domicilio legal:
- 3 impresos oficiales de Registro de Matrimonio (disponibles en el Consulado)
- 1 Certificado del Registro de Familia (Kosekitohon) del cónyuge japonés
- 1 Certificación Literal de Matrimonio*
- 3 traducciones al japonés del Certificación Literal de Matrimonio
- copia de documentos acreditativos de la nacionalidad del cónyuge extranjero (pasaporte o DNI)**
* El documento a presentar será el Certificado literal de matrimonio. No se aceptarán certificados en extracto.
** Los cónyuges españoles no necesitarán acreditar su nacionalidad.