Inscripción de Matrimonios

2019/10/3

Cuando un ciudadano japonés contraiga matrimonio con un ciudadano extranjero deberá:

  1. Inscribir el matrimonio en el Registro Civil de la localidad donde haya sido contraído.
  2. Seguidamente, y en un plazo de 3 meses, deberá solicitar la inscripción del matrimonio en el Consulado japonés.
 
  • IMPORTANTE: En caso de no tramitarse dicha inscripción en el Consulado japonés, el matrimonio, a pesar de estar inscrito en el Registro español (u otro extranjero), NO figurará en el Registro japonés.
 

Documentos necesarios para la inscripción del matrimonio

  1. Si el cónyuge japonés desea mantener el domicilio legal de soltero:

    • 2 impresos oficiales de Registro de Matrimonio (disponibles en el Consulado)
    • 1 Certificado de Registro de Familia (Kosekitohon) del cónyuge japonés
    • 1 Certificación Literal de Matrimonio*
    • 2 traducciones al japonés del Certificación Literal de Matrimonio
    • copia de documentos  que acrediten la nacionalidad del cónyuge extranjero (pasaporte o DNI)**
       
  2. El cónyuge japonés desea registrar un nuevo domicilio legal:

    • 3 impresos oficiales de Registro de Matrimonio (disponibles en el Consulado)
    • 1 Certificado del Registro de Familia (Kosekitohon) del cónyuge japonés
    • 1 Certificación Literal de Matrimonio*
    • 3 traducciones al japonés del Certificación Literal de Matrimonio
    • copia de documentos acreditativos de la nacionalidad del cónyuge extranjero (pasaporte o DNI)**
 

* El documento a presentar será el Certificado literal de matrimonio. No se aceptarán certificados en extracto.
** Los cónyuges españoles no necesitarán acreditar su nacionalidad.